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¿Qué Régimen Fiscal te Conviene?

Responde 5 preguntas rápidas y descubre cuál es el mejor régimen fiscal para tu situación. Resultado al instante.

Pregunta 1 de 520%

¿Eres empleado o trabajas por tu cuenta?

Este simulador es una herramienta orientativa y no sustituye la asesoría de un contador público certificado. La elección del régimen fiscal depende de múltiples factores específicos de cada contribuyente.

¿Necesitas ayuda para cambiar de régimen?

Nuestros contadores en Ciudad de México te guían en el proceso de alta, cambio o actualización de tu régimen fiscal ante el SAT.

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Preguntas frecuentes sobre regímenes fiscales

¿Qué régimen fiscal me conviene si soy freelancer?

Si eres freelancer con ingresos anuales menores a $3,500,000 MXN, el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) generalmente es la mejor opción. Ofrece tasas del 1% al 2.5% sobre tus ingresos facturados, con obligaciones fiscales simplificadas. Si tus ingresos superan ese límite, el Régimen de Actividad Empresarial y Profesional te permite deducir gastos de operación.

¿Puedo estar en dos regímenes fiscales al mismo tiempo?

Sí, es posible tributar en más de un régimen fiscal. Por ejemplo, si eres empleado y además ofreces servicios profesionales por tu cuenta, puedes estar en el Régimen de Sueldos y Salarios por tu empleo y en RESICO o Actividad Empresarial por tu actividad independiente. Es importante cumplir con las obligaciones de cada régimen.

¿Cuál es la diferencia entre RESICO y Actividad Empresarial?

La principal diferencia es el esquema de tributación. RESICO aplica tasas fijas bajas (1% a 2.5%) sobre el ingreso bruto pero no permite deducciones. Actividad Empresarial usa tasas progresivas (hasta 35%) pero te permite deducir gastos de tu negocio como renta, equipo, insumos y nómina. Si tus gastos deducibles son altos, Actividad Empresarial puede resultarte más conveniente.

¿Cómo cambio de régimen fiscal en el SAT?

El cambio de régimen se realiza en el portal del SAT (sat.gob.mx) a través de la sección "Actualización en el RFC". Necesitas tu e.firma o contraseña del SAT. Te recomendamos consultar con un contador para asegurarte de que el cambio sea conveniente y se realice correctamente, evitando problemas con declaraciones pendientes.